Región
Dirigente fundador de La Salada celebra la reglamentación de la Ley que regula el funcionamiento de las ferias
“Quique” Antequera: “Los legisladores entendieron que se puede buscar regularización en el trabajo informal”
Se trata de la recientemente sancionada Ley 12573, una iniciativa que regula la instalación de nuevas ferias en la Provincia, luego de dos años y tras varias rondas de consulta a empresarios, feriantes y expertos en la materia. “Trabajamos a la par de los diputados y los senadores. Fuimos fuente de consulta permanente y hasta impulsamos correcciones. Finalmente quedó sancionada y sabemos que esta medida apunta a al cambio positivo vinculado al trabajo y a la producción nacional.”
El fundador de la feria La Salada, y administrador de Urkupiña, Enrique “Quique” Antequera recibió con entusiasmo la reciente sanción de la Ley Provincial 12573 que reglamenta la instalación de las ferias en el territorio bonaerense.
“Es una Ley sumamente positiva que no atenta contra el trabajo, sino que lo favorece en sus formas más genuinas”, dijo Antequera, quien además, es dirigente político de Militancia y Trabajo.
“Es algo que ya veníamos planteando hace tiempo. La proliferación de pequeñas ferias van ligadas a la marginalidad, la explotación y todo lo generado fuera de toda norma. Así con esta ley se combate y se regula el trabajo, no atenta contra el pequeño trabajador o feriante, sino que lo favorece”, dijo “Quique” Antequera quien confirmó haber sido consultado por bloques de diferentes sectores políticos de ambas Cámaras legislativas provinciales con el fin de recibir asesoramiento, ya que es conocida su trayectoria como fundador de La Salada, y administrador de la feria más grande y longeva del predio de Ingeniero Bunge de Lomas de Zamora, Urkupiña.
Según contó Antequera, “”la ley comprende a las Ferias Internadas, Multipunto o Cooperativas que contemplen la instalación de más de 6 locales internos dentro de un mismo predio destinados a la venta de mercaderías, al por mayor o menor, de cualquier rubro, ya sean explotados por sus propietarios y/o inquilinos y/o concesionarios y que en su conjunto se encuentren ligados contractualmente a un único responsable habilitante del predio. Mientras que quedan exceptuados los establecimientos en forma de galerías comerciales y las ferias que se declaren de interés municipal o lo sean como complemento de un evento especial autorizado u organizado por el Municipio”.
De esta forma, para solicitar la habilitación municipal, las ferias deberán contar con una "pre-aprobación," expedida por la Autoridad de Aplicación provincial, dentro de un plazo de treinta días, a contar desde que se encuentren acompañadas la totalidad de la documentación y cumplidos los requisitos exigidos. Así, la Provincia creará, un registro donde deberán inscribirse los municipios que soliciten la pre-aprobación para la instalación de una nueva feria.
La norma informa, además, que no podrán instalarse nuevas “ferias Internadas Multipunto o cooperativas de comerciantes" en municipios de menos de cincuenta mil (50.000) habitantes; tampoco lo podrán hacer en zonas donde no se cuente con servicios públicos esenciales como agua corriente y cloacas”. Tampoco podrán establecerse locales en espacios públicos cuyas tierras pertenezcan al dominio de la Provincia de Buenos Aires.
CONTACTO POR ENTREVISTAS:
Sebastián Farias
011 15 5 469 2334
Próximo horario de apertura de la feria:
Domingo 8 de Julio 6 hs a 15.


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