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lunes, 6 de julio de 2015

ENTRÓ EN VIGENCIA DE LA LEY 14.656 DE CCT PARA LOS TRABAJADORES MUNICIPALES BONAERENSES

ENTRÓ EN VIGENCIA DE LA LEY 14.656 DE CCT PARA LOS TRABAJADORES MUNICIPALES BONAERENSES 
 En el día de hoy, lunes 6 de julio de 2015, entró en vigencia la Ley 14.656/14, de Convenciones Colectivas de Trabajo para los trabajadores municipales de la Provincia de Buenos Aires, quedando definitivamente derogada la nefasta Ley 11.757 que precarizó durante casi dos décadas la relación laboral de los municipales con los intendentes. 

En efecto, el Artículo 64 de la nueva Ley es claro al respecto: “Derógase la Ley Nº 11757, sus modificatorias y concordantes y toda reglamentación dictada en su consecuencia, a partir de la entrada en vigencia de la presente ley”.
La norma que regula desde hoy las relaciones de empleo en el ámbito de las municipalidades bonaerenses, expresa en su Sección III que a nivel local (distrital) deben producirse las negociaciones correspondientes a las condiciones de trabajo y salario de cada municipalidad.
Por tal motivo, el Sindicato de Trabajadores Municipales de Lomas de Zamora, y con carácter de urgente, ingresó en el día de la fecha la correspondiente nota, recibiendo el Nº de Expediente 4068-79664-S-15, con la finalidad de que se convoque a la mencionada Negociación Colectiva.
Al respecto, Aldo Castro, Secretario General del STMLZ y Secretario Gremial de la Federación de Sindicatos Municipales Bonaerenses (Fe.Si.Mu.Bo.), manifestó: ”Todos los municipios de la Provincia de Buenos Aires fueron debidamente notificados por nuestra Federación de que, en razón de la vigencia plena de la Ley 14.656, no se tomen decisiones sobre el personal municipal.
“En Lomas de Zamora ya están decididos los miembros paritarios por parte del gremio, así como estudiado y redactado por nuestra parte el texto del Convenio Colectivo de Trabajo que regirá las relaciones laborales entre las partes; texto que será debatido con el Intendente y los miembros paritarios que él designe. Confiamos en la buena voluntad de las autoridades, su disposición para el debate y el acuerdo en esta norma esencial que regulará la prestación de servicios entre los trabajadores y el empleador, que en nuestro caso es la Municipalidad.
Con respecto a la cuestión paritaria, Castro detalló que “de acuerdo a lo previsto y ordenado en el Artículo 57 de la Ley, titulado ‘Obligaciones de las Partes’ la comuna debe proveer en detalle al Sindicato en el seno paritario de toda aquella información económica y financiera que permita respaldar, por ejemplo, una negociación salarial.
“La Ley vigente detalla como ‘Obligación’ de parte de la Administración Municipal una serie de puntos referidos a Recaudación bruta mensual del municipio; Costo laboral unitario; Causales e indicadores de ausencia de personal; Innovación tecnológica y organizacionales previstas; Organización, duración y distribución del tiempo de trabajo; Siniestralidad laboral y medidas de prevención; Planes y acciones en materia de formación profesional.
“Comenzó hoy para los trabajadores municipales de Lomas de Zamora y de cada municipio bonaerense una nueva etapa histórica. Luchamos juntos casi veinte años por la sanción de una ley que rigiera nuestra relación laboral con los municipios, ahora inició una etapa no menos intensa consistente en la aplicación explícita de su articulado en cada distrito.
“En Lomas ya estamos listos, con el Expediente iniciado hoy dimos el puntapié inicial para el inicio de la Negociación Colectiva. El camino será más o menos arduo de acuerdo a las posiciones que adopten las autoridades comunales lomenses, pero será inflexible en lo que a nosotros concierne. Por último, rescato una frase del texto de la ley que debe guiar la conducta de las partes: ‘La realización de esfuerzos conducentes a lograr acuerdos’”.

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